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G3

Ley 5/2017 (elección del Consejo de Administración de RTVE)

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Objetivos

Al terminar este tema sabrás: (1) explicar la finalidad de la Ley 5/2017 (recuperar la independencia de RTVE y el pluralismo en la elección parlamentaria de sus órganos); (2) describir el nuevo sistema de selección por concurso público de los miembros del Consejo de Administración y del Presidente; (3) detallar la composición y requisitos del comité de expertos; (4) razonar por qué la mayoría de dos tercios es una garantía estructural de independencia; y (5) situar el desarrollo posterior (Real Decreto-ley 4/2018 y la STC 134/2021).

Cae en examen. Es una ley de reforma: se pregunta por su objeto (independencia + pluralismo), por el mecanismo nuevo (concurso público + comité de expertos) y por la mayoría de 2/3. Ojo con las trampas de cronología: la 5/2017 fija el sistema; el RDL 4/2018 es solo un mecanismo provisional para desbloquear la renovación.

🔄 Actualización normativa. Este tema sigue el texto vigente a 21/12/2022 (referencia de las bases 1/2022). El RDL 5/2024 volvió a reformar el sistema: Consejo de 15 miembros (11 Congreso + 4 Senado). Si tu convocatoria usa bases posteriores, ten presentes las dos versiones.


Sección 1 · Contexto y finalidad de la reforma

1.1 De dónde venimos

La Ley 17/2006 (tema G2) ya había apostado por una elección parlamentaria por mayoría cualificada para reforzar la independencia de RTVE. Sin embargo, reformas posteriores (en especial el Real Decreto-ley 15/2012) habían rebajado las mayorías y reducido el Consejo a 9 miembros, facilitando el control gubernamental. La Ley 5/2017 nace para revertir esa situación.

1.2 Finalidad (el propio título de la ley)

El título de la Ley expresa sus dos objetivos:

  • Recuperar la independencia de la Corporación RTVE frente al Gobierno.
  • Garantizar el pluralismo en la elección parlamentaria de sus órganos, asegurando que en la elección participe siempre la oposición.

💡 Ejemplo. La clave política de la reforma es que ningún grupo, por sí solo, pueda copar el Consejo: al exigir dos tercios, se obliga a un acuerdo amplio entre mayoría y oposición. Ese es el "pluralismo" que persigue la ley.

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