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E16
Inmovilizado inmaterial: concepto, elementos integrantes, registro contable, valoración, pérdidas de valor y amortización
CON
Inmovilizado intangible: identificabilidad, subgrupo 20, amortización tras el RD 602/2016, deterioro, investigación y desarrollo y fondo de comercio.
Objetivos
Al terminar este tema sabrás: (1) definir el inmovilizado intangible y aplicar el criterio de identificabilidad; (2) enumerar sus elementos y las cuentas del subgrupo 20; (3) valorar inicialmente cada tipo de elemento; (4) aplicar el régimen de amortización tras el Real Decreto 602/2016; (5) determinar y revertir el deterioro, con la excepción del fondo de comercio; (6) distinguir investigación de desarrollo y saber cuándo se activan; (7) manejar el fondo de comercio y sus restricciones societarias; y (8) contabilizar la baja y conocer la información que exige la memoria.
⚠ Cae en examen. Este tema no dio preguntas en 2022, pero es de los más «preguntables» del bloque porque tiene reglas nítidas y fáciles de confundir: qué no se reconoce nunca, los diez años por defecto, los cinco años máximos de I+D, y que el deterioro del fondo de comercio no revierte.
Sección 1 · Concepto y criterios de reconocimiento
1.1 Definición
El inmovilizado intangible está formado por activos no monetarios sin apariencia física susceptibles de valoración económica, destinados a servir de forma duradera a la actividad de la empresa.
Tres notas de la definición:
- No monetarios: un crédito a largo plazo tampoco tiene apariencia física, pero es una partida monetaria y no un intangible.
- Sin apariencia física: un programa informático es intangible; el servidor donde se instala es inmovilizado material.
- Duraderos: su utilidad se extiende más allá del ejercicio.
1.2 El criterio de identificabilidad
Además de los dos criterios generales de registro —probabilidad de beneficios futuros y valoración fiable—, el intangible debe cumplir el criterio de identificabilidad, que se satisface con cualquiera de estas dos vías:
- Ser separable: susceptible de ser separado de la empresa y vendido, cedido, entregado, arrendado o intercambiado, ya sea individualmente o junto con un contrato o un activo relacionado.
- Surgir de derechos legales o contractuales, con independencia de que tales derechos sean transferibles o separables.
El fondo de comercio es la gran excepción: no es identificable y, sin embargo, se reconoce, pero solo cuando su valor se pone de manifiesto en virtud de una adquisición onerosa, en el contexto de una combinación de negocios.
1.3 Lo que nunca se reconoce como activo
Esta lista es de las que más rinden en el test:
| Concepto | Tratamiento |
|---|---|
| Gastos de constitución y primer establecimiento | Gasto del ejercicio; desde 2007 ya no se activan |
| Marcas, cabeceras de periódicos, sellos o denominaciones editoriales y listas de clientes generados internamente | No se reconocen: no cabe distinguir su coste del de desarrollar el negocio en su conjunto |
| Gastos de formación del personal | Gasto del ejercicio |
| Gastos de publicidad y promoción | Gasto del ejercicio |
| Fondo de comercio generado internamente | Nunca se reconoce |
| Gastos de mantenimiento de aplicaciones informáticas | Gasto del ejercicio |
La clave es la misma en todos los casos: falta la fiabilidad en la valoración, porque no ha mediado una transacción que ponga precio al elemento. Una marca adquirida sí se activa; la desarrollada internamente, no.
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