LaPlazaFija

Este temario no se imprime

El temario de LaPlazaFija se estudia en la web, sección a sección, con tu progreso al lado. Si quieres practicar en papel, usa el cuadernillo de Simulacros oficiales: está hecho para imprimirse, con el formato del examen real.

E18

Prevención de riesgos laborales aplicada: derechos y obligaciones, PVD, trastornos musculoesqueléticos, incendios y accidentes in itinere

PRL

Prevención aplicada: derechos y obligaciones del trabajador, pantallas de visualización, trastornos de la extremidad superior, incendios e in itinere.

Objetivos

Este tema no repite el temario general. El G8 explica la Ley 31/1995 en su conjunto: objeto, principios de la acción preventiva, obligaciones del empresario, servicios de prevención, delegados de prevención y comité de seguridad y salud. Aquí se desarrolla solo lo que el Anexo 2 asigna literalmente a este tema: (1) los derechos y obligaciones de los trabajadores; (2) las pantallas de visualización de datos; (3) los trastornos musculoesqueléticos de la extremidad superior; (4) los incendios y sus medidas preventivas; y (5) el accidente in itinere o in misión.

Cae en examen con preguntas muy concretas: qué obligaciones tiene el trabajador, qué es un usuario de pantallas de visualización, qué factores de riesgo producen trastornos en la extremidad superior, cómo se clasifican los fuegos y qué agente extintor corresponde a cada uno, y qué requisitos convierten un accidente de tráfico en accidente in itinere.


Sección 1 · Derechos y obligaciones de los trabajadores

1.1 · El derecho básico

La ley reconoce a los trabajadores el derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo, al que corresponde el deber del empresario de garantizarla. De ese derecho general se derivan otros más concretos:

DerechoContenido
InformaciónConocer los riesgos generales del centro y los específicos de su puesto, y las medidas de protección y de emergencia adoptadas
FormaciónFormación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en el momento de la contratación y cuando cambien las funciones o se introduzcan nuevas tecnologías; se imparte dentro de la jornada o con descuento de ella, y su coste no recae sobre el trabajador
Consulta y participaciónDirectamente o a través de los delegados de prevención y del comité de seguridad y salud (G8)
Vigilancia de la saludReconocimientos voluntarios como regla, con excepciones tasadas; resultados confidenciales y comunicados solo al propio trabajador
Paralización de la actividadInterrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo en caso de riesgo grave e inminente
Protección específicaDe los trabajadores especialmente sensibles, de la maternidad y lactancia, de los menores y de los contratados temporales o cedidos por empresas de trabajo temporal

Dos precisiones que se preguntan. La primera: las medidas de prevención no pueden suponer, en ningún caso, una carga económica para los trabajadores. La segunda: ante un riesgo grave e inminente, el trabajador no solo puede irse; los representantes pueden acordar la paralización de la actividad, y esa decisión no puede acarrear perjuicio a quien la adopta de buena fe.

1.2 · Las obligaciones del trabajador

Aquí está la pregunta clásica. Corresponde a cada trabajador velar por su propia seguridad y salud y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad, con arreglo a su formación y a las instrucciones del empresario. En particular:

  1. Usar adecuadamente máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualesquiera medios con los que desarrolle su actividad.
  2. Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados, de acuerdo con las instrucciones recibidas.
  3. No poner fuera de funcionamiento y utilizar correctamente los dispositivos de seguridad existentes o que se instalen.
  4. Informar de inmediato a su superior jerárquico directo y a quienes tengan encomendada la actividad preventiva sobre cualquier situación que, a su juicio, entrañe un riesgo para la seguridad y la salud.
  5. Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad competente.
  6. Cooperar con el empresario para que pueda garantizar unas condiciones de trabajo seguras.

Cae en examen. El incumplimiento por el trabajador de estas obligaciones tiene la consideración de incumplimiento laboral, sancionable conforme al Estatuto de los Trabajadores. Y la vía de aviso es el superior jerárquico directo, no el servicio de prevención en primer término.

Sigue leyendo cuando abramos

Apúntate a la lista de espera y te avisamos en cuanto abramos: podrás leer los temas de muestra completos, guardar tu progreso y entrenar con tests del formato real. Te quedan 8 secciones de este tema por delante.

Gratis y sin spam: te avisamos al abrir, entras con acceso anticipado y te contamos lo que se mueva en tu convocatoria. Te das de baja con un clic.
Tu correo lo trata LaPlazaFija solo para avisarte del lanzamiento, con tu consentimiento —te pediremos que lo confirmes por email— y hasta que te des de baja. Más detalle y tus derechos, en la política de privacidad.