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E3

Seguridad Social

LAB

Cómo funciona la Seguridad Social: quién hace qué, afiliación y altas, cotización, accidente y enfermedad profesional, y todas las prestaciones.

Objetivos

Al terminar este tema sabrás: (1) situar la Seguridad Social en la Constitución y describir la estructura del sistema y sus entidades gestoras; (2) explicar la inscripción de empresas, la afiliación y las altas y bajas con sus plazos; (3) manejar la cotización (sujetos, bases, tipos y recaudación); (4) distinguir las contingencias comunes de las profesionales, con el concepto exacto de accidente de trabajo; y (5) enumerar la acción protectora y las prestaciones con sus requisitos y porcentajes.

Cae en examen. Con el tema 2, es la cuarta parte de la teórica. El tribunal pregunta plazos (3 días para la baja), porcentajes (60 % / 75 % en la IT), qué es y qué no es accidente de trabajo y qué organismo hace qué (INSS frente a TGSS frente a SEPE).


Sección 1 · Normas generales

1.1 Fundamento constitucional y principios

El artículo 41 de la Constitución ordena a los poderes públicos mantener un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo. La asistencia y las prestaciones complementarias serán libres.

Principios del sistema: universalidad, unidad, solidaridad, igualdad, suficiencia de las prestaciones y caja única (la gestión económica se centraliza en la TGSS).

Modalidades de la acción protectora (art. 2 TRLGSS):

ModalidadQuién accedeFinanciación
ContributivaQuien ha cotizado, en función de lo cotizadoCuotas de empresas y trabajadores
No contributivaPersonas en situación de necesidad sin cotización suficiente, con requisitos de residencia y de rentasAportaciones del Estado (impuestos)

1.2 Estructura del sistema

  • Régimen General: la mayoría de los trabajadores por cuenta ajena. Dentro de él hay sistemas especiales (entre otros, el de empleados de hogar y el agrario, ambos integrados en el Régimen General con efectos del 1 de enero de 2012 — las leyes que los integraron son de 2011, pero la fecha que se pregunta es la de efectos).
  • Regímenes Especiales: trabajadores por cuenta propia o autónomos (RETA), trabajadores del mar y minería del carbón. Los funcionarios civiles y militares tienen sus propios regímenes (Clases Pasivas, MUFACE, ISFAS, MUGEJU).

Campo de aplicación (art. 7 TRLGSS): españoles residentes en España y extranjeros que residan o se encuentren legalmente en España, siempre que ejerzan su actividad en territorio nacional, con independencia de su sexo, estado civil y profesión.

1.3 Quién gestiona qué

OrganismoNaturalezaCompetencias
INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social)Entidad gestoraReconocimiento y control de las prestaciones económicas, salvo el desempleo
INGESAEntidad gestoraAsistencia sanitaria en Ceuta y Melilla (el resto está transferido a las comunidades autónomas)
IMSERSOEntidad gestoraServicios sociales complementarios y gestión de pensiones no contributivas en su ámbito
ISM (Instituto Social de la Marina)Entidad gestoraRégimen especial de los trabajadores del mar
TGSS (Tesorería General de la Seguridad Social)Servicio comúnCaja única: inscripción de empresas, afiliación, altas y bajas, recaudación de cuotas, gestión del patrimonio y aplazamientos
SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal)Organismo autónomoGestión de las prestaciones por desempleo y de las políticas de empleo
Mutuas colaboradoras con la Seguridad SocialAsociaciones privadas, sin ánimo de lucro, autorizadasContingencias profesionales, IT por contingencias comunes cuando la empresa lo concierta, riesgo durante el embarazo y la lactancia, CUME y cese de actividad de autónomos

Cae en examen. La confusión clásica: la TGSS afilia, da altas y bajas y recauda; el INSS reconoce y paga las prestaciones económicas; el SEPE gestiona el desempleo. Y las mutuas no son entidades gestoras: son entidades colaboradoras.

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